23 May AJUSTE A CUOTA OBLIGATORIA
La Unión de Trabajadores de la Música informa a todas las personas agremiadas que a partir del 1° de junio del 2018, la Cuota Mensual Obligatoria pasa a ser de ₡ 4.000,00 (cuatro mil colones), por disposición adoptada en la pasada IX Asamblea General Extraordinaria celebrada el 15 de mayo del 2018.
En dicha Asamblea se acordó por unanimidad la reforma parcial del Estatuto en su Capítulo IV, Cláusula 6°, inciso 1, cuya nueva redacción reza:
- A contribuir mensualmente con una cuota de cuatro mil colones, establecida y revisada anualmente por la Asamblea General, según lo estipulado en el Capítulo IX.
- Esta cuota incluye una póliza o seguro para todas aquellas personas asociadas que mantengan al día su obligación. Las coberturas de esta póliza o seguro serán negociadas y actualizadas por la Administración, informando oportunamente de sus alcances a todas las personas agremiadas.
- Perderán el derecho a las coberturas de la póliza o seguro aquellas personas asociadas que entren en morosidad a partir del día 25 del último mes pagado, así como los derechos políticos descritos en este Capítulo.
Para incentivar a todas las personas agremiadas a mantener su Cuota Mensual Obligatoria al día, la UTM ha adquirido una Póliza Colectiva de Vida con el INS a favor de sus 317 asociados y de todas las personas que a futuro se agremien, y que regirá a partir del 1° de junio del 2018.
Las coberturas de esta Póliza contemplan los siguientes beneficios para todas las personas agremiadas:
- Pago de ₡ 2.000.000,00 por fallecimiento natural.
- Doble indemnización (₡ 4.000.000,00) por fallecimiento accidental.
- Pago de indemnización por pérdida de miembros (eje. amputaciones) ó de la vista por causa accidental; se paga un porcentaje de la suma básica (₡ 2.000.000,00) según clasificación establecida.
- Pago adelantado de la mitad de la suma asegurada en caso de enfermedad oncológica/no oncológica médicamente diagnosticada.
- Adelanto del 20% (₡ 400.000,00) de la cobertura básica para gastos funerarios.
- Pago adelantado de la suma asegurada en la cobertura básica (₡ 2.000.000,00) por incapacidad total y permanente.
Para mantener este beneficio, simplemente debe estar al día con sus deberes pecuniarios a favor de la UTM. Por eso le brindamos las siguientes recomendaciones:
- Domiciliar su cuenta bancaria con la respectiva entidad a favor de la UTM por el monto de ₡ 4.000,00 (cuatro mil colones mensuales) para acreditar en las cuentas corrientes de la Unión, tanto en el Banco Nacional de Costa Rica como en el Banco de Costa Rica, presentando ante la Administración el documento respectivo.
- Solicitar a la Administración el Formulario de Cargo Automático para la Deducción por medio de Planilla o por medio de Tarjeta y devolverlo debidamente firmado, autorizando a la UTM para realizar por estos medios el cobro de la Cuota Mensual Obligatoria por ₡ 4.000,00 (cuatro mil colones).
- Realizar ordinariamente las transferencias electrónicas a nuestras cuentas o pagar la Cuota Mensual Obligatoria por trimestre, semestre o año por adelantado.
Recuerde que, según la nueva disposición Estatutaria, perderán el derecho a las coberturas de la póliza o seguro aquellas personas asociadas que entren en morosidad a partir del día 25 del último mes pagado, así como los derechos políticos.
Al unísono por nuestros derechos…