
12 Dic ¿Qué es el Plan para la Previsión Social?
¿Qué es el Plan para la Previsión Social?
La Unión pretende incentivar a sus asociados a adherirse (voluntariamente) al Plan para la Previsión Social, cuyo objetivo fundamental es disciplinar a los afiliados en su peculio, y a futuro, cubrir contingencias en vida o para su disfrute al llegar a la vejez. En caso de muerte de la persona asociada el Plan cubrirá la supervivencia familiar de los herederos o de los beneficiarios designados, con el disponible acumulado al momento del evento.
Todo esto se puede lograr por medio de los aportes sistemáticos (monto mensual fijo por el valor que elija) que serán puestos en inversiones constantes para generar intereses de mercado que permitan incrementar los ahorros de todas las personas asociadas y poder cubrir parcial o totalmente las siguientes contingencias:
- Invalidez, vejez y muerte.
- Accidente, enfermedad y siniestro.
- Viudedad, orfandad y supervivencia familiar.
- Cesantía y asistencia sanitaria.
¿Cómo funciona el Plan para la Previsión Social?
- Es voluntario: la persona asociada se compromete a hacer un aporte sistemático mensual según sus posibilidades.
- Puede realizar aportes extraordinarios cuando quiera.
- Puede solicitar la disminución o el aumento de su aporte según las circunstancias económicas de la persona asociada.
- Quien se adhiera al Plan obtiene todos los derechos Estatutarios dentro de la Unión.
- Para las personas asociadas afines solo les genera intereses de mercado, siendo superiores a los de cualquier cuenta de ahorro convencional.
- Se puede rescatar en forma parcial o hasta el 100% sobre contingencias en vida, cumpliendo con los requisitos Reglamentarios.
- A los 65 años, el rescate es total sobre el Plan o puede solicitarlo fraccionado para que siga generando intereses.
- En caso de muerte anticipada, los beneficiarios designados dispondrán del Plan.
¿Cómo beneficia el Plan para la Previsión Social a los asociados activos de ACAM y AIE?
- Adicionalmente a lo descrito arriba en el funcionamiento del Plan, los asociados activos de ACAM recibirán una subvención adjunta todos los meses.
- Esta subvención crecerá con el paso de los años.
- Por esta razón, el rescate de su Plan está penalizado por 7 años según el Reglamento:
- Para el año 2015 se penaliza con el 75% y tendrá derecho a rescatar el 25% del Plan.
- Para el año 2016 se penaliza con el 65% y tendrá derecho a rescatar el 35% del Plan.
- Para el año 2017 se penaliza con el 50% y tendrá derecho a rescatar el 50% del Plan.
- Para el año 2018 se penaliza con el 40% y tendrá derecho a rescatar el 60% del Plan.
- Para el año 2019 se penaliza con el 30% y tendrá derecho a rescatar el 70% del Plan.
- Para el año 2020 se penaliza con el 20% y tendrá derecho a rescatar el 80% del Plan.
- Para el año 2021 se penaliza con el 10% y tendrá derecho a rescatar el 90% del Plan.
- Para el año 2022, la persona asociada podrá rescatar el 100% de su Plan.
- Los asociados activos de AIE recibirán una subvención adicional cada semestre.
- Esta subvención dependerá de los intereses generados por las inversiones de su Fondo de Bienestar Social y del número de asociados activos de la Asociación.
- Se puede rescatar en forma parcial o hasta el 100% sobre contingencias en vida, cumpliendo con los requisitos Reglamentarios.
- Para los asociados activos de ACAM y AIE, al cumplir la persona asociada los 65 años de edad, el rescate es total sobre el Plan o puede solicitarlo fraccionado para que siga recibiendo las subvenciones mencionadas y también generando intereses.
- En caso de muerte anticipada, los beneficiarios designados dispondrán del Plan
Gráfico de aplicación con un aporte mensual de ₡10.000,00: