Sobre el Impuesto a Espectáculos Públicos (IEP)

Sobre el Impuesto a Espectáculos Públicos (IEP)

Desde la Unión de Trabajadores de la Música, hemos constatado que uno de los temas de interés de nuestro sector es el del “Impuesto del Teatro Nacional” -cuyo nombre oficial es “Impuesto a Espectáculos Públicos”. En aras de facilitar información sobre el mismo, hemos procedido a realizar diferentes consultas a funcionarios del Estado relacionados con la materia, quienes han accedido a facilitar datos relevantes que a continuación compartimos.

Cuestiones generales: fundamento jurídico, instituciones bene7iciadas, hecho generador y monto a pagar por espectáculo. El impuesto tiene su fundamento jurídico en las Leyes No. 3632 y No. 5780, en relación con el artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. 27762-H-C. Los recursos generados con este impuesto se distribuyen de la siguiente manera:

Teatro Nacional: 50%

Teatro Popular Melico Salazar: 30%

Museo de Arte Costarricense 10%

Centro Nacional de la Música: 10%

 

El hecho generador de la obligación de realizar el pago del impuesto lo constituye: “… la presentación o el ingreso a toda clase de espectáculos públicos y diversiones no gratuitas, tales como cines, teatros, circos, carruseles, salas de juegos electrónicos, de patinaje, juegos movidos por máquina de tracción mecánica o animal, máquinas tragamonedas, exposiciones y presentaciones deportivas de todo tipo excepto las mencionadas en el artículo 100 de la Ley No. 7800 de 30 de abril de 1998, toda función, representación de tipo artística, musical y/o bailable, que se haga en vivo o utilizando reproductores de audio y/o video en discotecas, salones de baile, gimnasios u otros lugares destinados o no al efecto, así como cualquier otra actividad que pueda calificarse como entretenimiento, diversión o espectáculo en los cuales se cobre cuota de ingreso, entendiéndose por la misma los montos que se cancelen por consumo mínimo, barra libre, admisión consumible, derecho de admisión y similares.”

 

 

El monto a pagar por espectáculo equivale al 6% de los ingresos brutos obtenidos por concepto de venta de entradas.

Montos recaudados en los últimos años

Entre los años 2012 y 2016, los montos recaudados y recibidos por cada institución beneficiaria han sido los siguientes:

Los recursos que recibe el Centro Nacional de la Música son utilizados en el pago del personal docente, así como en el de los servicios públicos, la papelería, los materiales y los suministros, los servicios de limpieza y vigilancia, capacitaciones a los estudiantes, clases maestras, entre otros.Destino de los fondos girados al Centro Nacional de la Música

Agradecimientos:

Gabriel Goñi Donde y a Gladys Bolaños Monge, ambos del Centro Nacional de la Música, así como a Fred Herrera Bermúdez y a Eric Calvo Wille, del Teatro Nacional de Costa Rica.

 

Más información:

[email protected]

 

Escrito por Esteban Monge Flores

(Secretario de Organización Técnica)

 

Noviembre de 2017, San José, Costa Rica